Haz clic aquí para mEl 8 de diciembre de 2014 se llevó a cabo el foro "El Código Nacional de Procedimientos Penales y la propuesta de Código Penal Único: Un análisis desde la perspectiva de género". Este evento co-organizado por la Fundación Friedrich Ebert, el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir y la organización civil GIRE tuvo como propósito crear un espacio para debatir las implicaciones de ambos instrumentos para los derechos humanos de las mujeres.
La primera intervención fue de José Antonio Caballero, del CIDE, quien precisó que dichos marcos jurídicos no deben confundirse. Por otra parte, señaló que los procesos penales generalmente merman los derechos de las mujeres ya que existe una cultura institucional androcéntrica y machista en las dependencias responsables de la procuración e impartición de justicia. En ese sentido, afirmó que algunos de los cuestionamientos que surgen al equilibrar la posición de las víctimas en el proceso penal, es en torno a los efectos en los derechos de los implicados.
Otros aspectos de particular atención son la prohibición de los acuerdos reparatorios y sus implicaciones, así como la articulación entre el sistema de justicia y el sector salud para la atención a víctimas. Además destacó como una barrera la debilidad en los procesos de documentación y de generación de estadísticas institucionales que no reflejan la magnitud de los problemas que enfrentan las mujeres para acceder a la justicia.
Por su parte, Regina Tamés, de GIRE, enfocó su intervención en el impacto de ambos instrumentos en los derechos de las mujeres, particularmente en temas como la interrupción legal del embarazo (ILE) y la violencia de género. Al respecto mencionó que bajo estos nuevos esquemas se vislumbran tres escenarios:
* Uno donde se homologue la ILE en el código único al estándar más alto, en este caso el de la Ciudad de México (el deseable).
* Un segundo donde se homologuen las causales al margen más alto (escenario intermedio).
* Un último donde no haya avances y nos quedemos como estamos (el más probable, pero menos deseable).
Tamés retomó el tema del aborto por violación y describió el proceso que deben seguir las mujeres víctimas. Primero tienen que denunciar en primera instancia. Posteriormente, el Ministerio Público debe autorizar el procedimiento de aborto, donde generalmente el plazo es de 90 días. Señaló que algo positivo del Código de Procedimientos Penales es que no hace referencia a estos requisitos, dando así un margen más amplio para la atención inmediata de las mujeres víctimas de violencia sexual. Además compartió el ejemplo de Brasil, donde existe la figura de declaración jurada que elimina la responsabilidad del medico en caso de que la petición de la solicitante no sea verdad.
Finalmente, Guadalupe Barrena, del PUDH-UNAM, planteó preguntas sobre las expectativas de la ciudadanía frente al sistema penal y la complejidad de los problemas que atiende. La académica afirmó que existe un vacío entre el derecho penal y otras alternativas de procuración de justicia. De igual forma, destacó que existe una relación entre los delitos de violencia sexual y la persecución de las mujeres por delitos de aborto.
Entre las reflexiones que surgieron posterior a las presentaciones, se habló de la necesidad de contar con ejemplos de buenas prácticas en la implementación de estos sistemas, de transparentar el ejercicio del presupuesto, de incorporar la perspectiva de género en la enseñanza del derecho y de la importancia de la observancia en las sentencias.
La primera intervención fue de José Antonio Caballero, del CIDE, quien precisó que dichos marcos jurídicos no deben confundirse. Por otra parte, señaló que los procesos penales generalmente merman los derechos de las mujeres ya que existe una cultura institucional androcéntrica y machista en las dependencias responsables de la procuración e impartición de justicia. En ese sentido, afirmó que algunos de los cuestionamientos que surgen al equilibrar la posición de las víctimas en el proceso penal, es en torno a los efectos en los derechos de los implicados.
Otros aspectos de particular atención son la prohibición de los acuerdos reparatorios y sus implicaciones, así como la articulación entre el sistema de justicia y el sector salud para la atención a víctimas. Además destacó como una barrera la debilidad en los procesos de documentación y de generación de estadísticas institucionales que no reflejan la magnitud de los problemas que enfrentan las mujeres para acceder a la justicia.
Por su parte, Regina Tamés, de GIRE, enfocó su intervención en el impacto de ambos instrumentos en los derechos de las mujeres, particularmente en temas como la interrupción legal del embarazo (ILE) y la violencia de género. Al respecto mencionó que bajo estos nuevos esquemas se vislumbran tres escenarios:
* Uno donde se homologue la ILE en el código único al estándar más alto, en este caso el de la Ciudad de México (el deseable).
* Un segundo donde se homologuen las causales al margen más alto (escenario intermedio).
* Un último donde no haya avances y nos quedemos como estamos (el más probable, pero menos deseable).
Tamés retomó el tema del aborto por violación y describió el proceso que deben seguir las mujeres víctimas. Primero tienen que denunciar en primera instancia. Posteriormente, el Ministerio Público debe autorizar el procedimiento de aborto, donde generalmente el plazo es de 90 días. Señaló que algo positivo del Código de Procedimientos Penales es que no hace referencia a estos requisitos, dando así un margen más amplio para la atención inmediata de las mujeres víctimas de violencia sexual. Además compartió el ejemplo de Brasil, donde existe la figura de declaración jurada que elimina la responsabilidad del medico en caso de que la petición de la solicitante no sea verdad.
Finalmente, Guadalupe Barrena, del PUDH-UNAM, planteó preguntas sobre las expectativas de la ciudadanía frente al sistema penal y la complejidad de los problemas que atiende. La académica afirmó que existe un vacío entre el derecho penal y otras alternativas de procuración de justicia. De igual forma, destacó que existe una relación entre los delitos de violencia sexual y la persecución de las mujeres por delitos de aborto.
Entre las reflexiones que surgieron posterior a las presentaciones, se habló de la necesidad de contar con ejemplos de buenas prácticas en la implementación de estos sistemas, de transparentar el ejercicio del presupuesto, de incorporar la perspectiva de género en la enseñanza del derecho y de la importancia de la observancia en las sentencias.