
A través de dicha resolución, se condenan todas las formas de discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género, y se insta a los Estados dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de sus sistemas a que eliminen, allí donde existan, las barreras que enfrentan las lesbianas, los gays y las personas bisexuales, trans e intersex (LGTBI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada.
Asimismo, insta a los Estados en el ámbito de sus capacidades institucionales a que produzcan datos sobre la violencia homofóbica y transfóbica, con miras a promover políticas públicas que protejan los derechos humanos de las lesbianas, los gays y las personas bisexuales, trans e intersex (LGBTI).
Para información sobre el trabajo que realiza la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en materia de derechos de las personas LGBTI les sugerimos visitar la Página Web de la Unidad para los Derechos de las Personas LGTBI.
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